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La nueva Constitución de Chiapas contempla la muerte asistida

La nueva Constitución de Chiapas contempla la muerte asistida

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El Estado/Agencia

La Constitución Política del estado de Chiapas, reformada recientemente por el Congreso local, contempla la muerte asistida, designada como Voluntad Anticipada, que sin duda será uno de los temas más controversiales avalados por la LXVI Legislatura.

“La voluntad anticipada, precisamente es la disposición de algunos bienes esenciales para el ser humano: la vida y la salud. El paciente es quien resiente directamente en su persona las decisiones de los médicos e incluso de sus familiares respecto a los tratamientos que se le aplican para curar una enfermedad o reducir los síntomas, o ante algún accidente, esto hace que por regla general no se tome en cuenta la decisión propia del paciente, lo cual no abona al derecho sobre decidir cuestiones relacionadas con su salud”.

Cabe destacar que la LXVI Legislatura del Congreso del estado de Chiapas trabajó intensamente en la reforma a la Constitución Política del estado de Chiapas, esto a través de mesas de trabajo, foros de análisis y otras reuniones en varias regiones de la entidad, con la finalidad de contar con una Carta Marga digna de los habitantes chiapanecos.

En este sentido, uno de los temas que fue aprobado por la Cámara de Diputados del estado fue la Voluntad Anticipada, y en el documento de cuenta la define como la manifestación externa de las preferencias de una persona respecto al cuidado futuro de su salud, lo que implica también el cuidado de su cuerpo, incluso de su vida.

La idea es que decida sobre ello cuando aún se cuenta con el cúmulo de facultades mentales necesarias para tomar estas decisiones, tomando en cuenta que quizá en el futuro las mismas condiciones originadas por una posible enfermedad o accidente le imposibilite este tipo de decisiones, haciendo que queden al arbitrio de los familiares, si es lo que los tiene, o del cuerpo médico.

Según la Real Academia de la Lengua Española, la Eutanasia se define como la Intervención deliberada para poner fin a la vida de un paciente sin perspectiva de cura.

Pero la Voluntad Anticipada va más allá de la Eutanasia, ya que se trata también desde el momento de recibir la atención médica, porque no solo abarca las preferencias específicas respecto a qué tipo de tratamientos pueden o no consentir la persona, sino que además, contiene los valores de la persona, lo que incluye sus creencias religiosas.

“Cumple también como finalidad el respeto a la ortotanasia (muerte digna), lo cual, en palabras llanas, significa que en enfermedades o problemas provocados por accidentes, donde ya no existe cura, puedan eliminarse los métodos paliativos que únicamente extienden la vida, a costa de un sufrimiento en el paciente, siempre y cuando esta sea su decisión”.

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