Moisés Ramírez escribió: Brutalidad policiaca en Berriozábal
Moisés Ramírez/Trascender Online Noticias
El alcalde de Berriozábal Reynaldo David Mancilla López, es el típico villerrey en los tiempos de la colonia, y es que cree que este municipio es de su propiedad y puede hacer lo que se le antoje, son muchos los abusos que se están cometiendo, desde permitir invasiones a propiedades privadas, dejar sin acceso a familias que viven en la calle que conduce al panteón, por este asunto el señor Abel Velázquez pidió la protección de la Justicia Federal mediante un juicio de amparo. y la sociedad se está cansando y van a pedirle la renuncia al cargo, pero como se siente todo poderoso también se siente intocable y comete todo tipo de tropelías en contra de los habitantes de esa bella ciudad.
En días pasados la señora María Guadalupe López Martínez denunció antes los medios de comunicación y posteriormente ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos la brutal golpiza que policías municipales propinaron dentro de la cárcel municipal a su esposo Eliseo Megchung Ovando, quien fue detenido y encarcelado por una falta administrativa, mencionó también que para liberar a su esposo pagó la cantidad de seis mil pesos. Posteriormente tuvo que llevar a su esposo a un médico particular, pero como su estado de salud empeoró, tuvo que ser intervenido en el instituto Mexicano del Seguro Social de Tuxtla Gutiérrez, ante esta situación interpuso una queja ante la Comisión Estatal de Derechos quedando la misma bajo el número CEDH/0244/2007, en espera de que se haga justicia para su esposo.
El alcalde está haciendo un negocio redondo, estimado lector si cada fin de semana detuvieran a cinco personas al mes cobran $120,000.00 solo por concepto de multas, so pretexto de llevarlos al Amate, están pues haciendo negocios con el desconocimiento de la gente en temas de justicia, porque el ayuntamiento no tiene facultades para ello, no son fiscales.
Los empleados de Reynaldo David Mancilla López son presuntos responsables del delito de lesiones tal y como lo menciona el Código Penal Vigente en Chiapas:
Artículo 165.- Comete el delito de lesiones, el que cause a otra persona cualquier alteración en su salud.
Al responsable del delito de lesiones se le impondrá:
II.- De uno a tres años de prisión y multa de cuarenta a ochenta días de salario, si la lesión tarda en sanar más de quince días.
III.- De tres a siete años de prisión y multa de ochenta a ciento cincuenta días de salario, si la lesión deja al sujeto pasivo cicatriz permanentemente notable en parte visible de la cara o perturbación permanente, total o parcial de las funciones orgánicas.
El Alcalde está obligado a reparar el daño como lo especifica el mismo Código.
Artículo 41.- Obligados a Reparar el Daño.- Están obligados a reparar el daño: VIII. El Estado y los Municipios, de manera solidaria, por los delitos que cometan sus servidores públicos con motivo o en el ejercicio de sus funciones.