Gerardo Villanueva Toledo escribió: La clonación y el robo de identidad, una amenaza para su economía
Gerardo Villanueva Toledo/Trascender Online Opinión
@gevito120381
En la actualidad las tarjetas de crédito y débito se han convertido en una herramienta primordial para cubrir nuestros gastos diarios y acceder al comercio electrónico detonado por la gama de servicios y bienes que son ofrecidos a través de páginas web; sin embargo, los valores e información de los usuarios de los servicios financieros se han convertido en blancos de la delincuencia, cuyos recursos informáticos les permiten mantenerse hasta cierto punto anónimos y poco detectables.
Según datos de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), entre los meses de enero y septiembre de 2016 las instituciones bancarias recibieron 1 millón 179 mil 925 Reclamaciones en Materia de Comercio por Internet, de las cuales el 91.1% resultaron favorables; dichas reclamaciones surgieron de la denuncia de cobros no reconocidos por los usuarios de los servicios financieros y que fueron realizados a través de la clonación o usurpación de identidad.
Asimismo, el Banco de México ha denunciado que el robo de identidad es un fenómeno criminal que va en aumento y actualmente nuestro país ocupa el octavo lugar a nivel mundial en su incidencia; en un 67% de los casos, el robo de identidad se da por la pérdida de documentos, 63% por el robo de carteras y portafolios, y 53% por información tomada directamente de una tarjeta bancaria.
Por lo anterior, es importante que usted sepa la diferencia entre ambos conceptos, así cómo los medios legales e instancias a las que debe recurrir para recuperar los gastos no reconocidos que le han sido descontados de sus cuentas bancarias.
La clonación la comete quien en forma indebida utilice, obtenga, transfiera o disponga de los recursos o valores de los clientes de las instituciones de crédito; sus posibles causas son el robo o extravío del plástico, clonación de la banda magnética en cajeros o terminales, compras por teléfono o internet, y transferencias electrónicas. Afortunadamente, ésta conducta está reconocida como delito en el artículo 113 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito y existe un procedimiento administrativo que deberá seguir ante su respectiva institución bancaria para que le abone el saldo del gasto no reconocido, y que consiste en: a) cancelación de la tarjeta y b) presentación de la queja ante la sucursal en la que radica la cuenta, misma que deberá presentarse dentro de un plazo de 90 días naturales contados a partir de la fecha de corte, o en su caso de la fecha en que se efectuó el cargo no reconocido. En caso de no recibir ninguna respuesta por parte de la institución financiera (en un plazo de 45 días naturales) o que ésta sea en sentido negativo, usted podrá acudir a la CONDUSEF para hacer valer sus derechos
El robo de identidad se actualiza cuando una persona obtiene, transfiere, posee o utiliza de manera no autorizada datos personales de alguien más, con la intención de asumir de manera apócrifa su identidad y realizar compras, obtener créditos, documentos o cualquier otro beneficio financiero en detrimento de sus finanzas; por lo que ésta conducta no solo ocasiona serios problemas económicos, sino también trasciende al aspecto personal y sentimental de la victima.
Desgraciadamente, éste tipo de conducta aún no se encuentra establecida como delito en el contexto jurídico nacional, solamente algunas Entidades Federativas cómo Sonora y el extinto Distrito Federal han legislado al respecto; sin embargo el pasado mes de noviembre de 2016, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, aprobó el dictamen para reformar el Código Penal Federal e incluir ésta actividad criminógena en su artículo 430, estando pendiente la aprobación del Senado de la República para su emisión.
A pesar de ello, en caso de sufrir robo de identidad respecto a servicios financieros usted puede acudir a la CONDUSEF y presentar la Reclamación correspondiente, a efecto de que le brinde ayuda y asesoría legal al respecto.
Recuerde que las instituciones financieras tienen la obligación de recibir sus reclamaciones y son quienes tendrán que hacer la investigación y recuperación del dinero defraudado, no usted; siempre anote los Números de Folio que se asignen a su reclamación, de otra forma no podrá dar seguimiento a la recuperación de su efectivo o de sus datos.
El cuidado de los datos personales no es un tema menor, mucho menos en éste mundo globalizado donde la tecnología a superado las barreras de la privacidad; las redes sociales no están hechas para restringir sus datos, jamás proporcione los datos de sus tarjetas, siempre lea los términos y condiciones de privacidad y legalidad de las páginas en las que compra.