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Marcaje personal a empresas para que paguen el aguinaldo puntualmente

Marcaje personal a empresas para que paguen el aguinaldo puntualmente

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El Estado/Agencia

Ni antes, ni después, las empresas están obligadas a pagar el aguinaldo a sus trabajadores el 20 de diciembre, destacó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) al precisar que esta fecha está estipulada en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, misma que señala que esta prestación debe ser equivalente a 15 días laborales.

Aunque los patrones pueden proporcionar el aguinaldo mucho antes de esta fecha, no es una obligación; sin embargo, algunas empresas acceden debido a que con esta bonificación, los trabajadores ingresan al circulante que se genera con los programas implementados por el gobierno federal y las empresas como es el “Buen Fin”, tema que sin duda beneficia a la economía mexicana y en particular a cada entidad.

“Los patrones pueden adelantarlo, como parte de la iniciativa de esta estrategia para poder reactivar la economía a mayor escala en el último trimestre del año, como han sido todos los años a partir del 2011 que se inició  el ‘Buen Fin’ (…) pues básicamente los patrones  que estén en condiciones de poder adelantar el aguinaldo a los trabajadores pues no hay problema”.

La dependencia resaltó que con el fin de que ninguna persona se quede sin el aguinaldo, a través de su delegación en la entidad realiza operativos, por lo que señaló que en lo que respecta a 2016, estas acciones concluyeron en el primer trimestre con alrededor de 150 inspecciones (en Chiapas).

Desde el primer día de trabajo, un empleado puede percibir este beneficio siendo el pago proporcional a los días laborados, además, al momento de tener una relación laboral, el sujeto puede ser acreedor a diferentes tipos de prestaciones que la ley otorgue, como son las vacaciones y demás bonificaciones.

En el caso de que el trabajador no lograra concluir una fase laboral durante todo el año, explicó que este también puede ser merecedor de la parte proporcional al tiempo que trabajó y su salario, lo cual se le puede sufragar al concluir la relación laboral o en los tiempos estipulados por la ley, dependiendo de la solvencia económica de la empresa.

La Secretaría del Trabajo federal calificó a las empresas que se encuentran en Chiapas como cumplidoras en esta materia, por ello que las quejas sean mínimas en lo que refiere al pago de aguinaldos.

 

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