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Lo escribió Gerardo Villanueva Toledo/Los mitos del INFONAVITO

Lo escribió Gerardo Villanueva Toledo/Los mitos del INFONAVITO

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gerardoGerardo Villanueva Toledo/Trascender Online Opinión

Twitter: @gevito1203

El domingo pasado, durante la transmisión del Clásico Pumas vs América, todos pudimos apreciar la ostentosa e insistente publicidad del Programa “MEJORAVIT”, implementado por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; de conformidad a la campaña publicitaria masiva que realiza dicho Instituto, sus créditos de vivienda son competitivos y en caso de desempleo, incapacidad física para trabajar o falta de solvencia económica, te ofrecen una gama de oportunidades para reestructurar el adeudo, con independencia de las supuestas tasas de interés módicas que brinda.

En efecto, éste crédito es el más utilizado entre los trabajadores por estar contemplado en el contexto jurídico laboral cómo prestación social y obligación patronal; de tal manera, qué resulta más viable que el acudir a una inittución bancaria en la cual exigirán una serie de requisitos que suelen ser más molestos y engorrosos y ante los cuales no pueden asignar su subcuenta de vivienda para el pago del crédito hipotecario.

Desafortunadamente, en México no hemos desarrollado una cultura financiera que permita que cada trabajador pueda realizar un análisis consiente de las oportunidades que existen para obtener un crédito hipotecario y determinar, no sólo cual es el que ofrece mejores condiciones, sino cuál de todos se adapta a sus condiciones económicas; de tal suerte, que el trabajador prefiere la opción gubernamental del INFONAVIT y soslaya cualquier otra opción que le garantice mayor estabilidad en caso de estar desempleado o de padecer una insolvencia económica.

Uno de los primeros mitos que existe entre la ciudadanía, respecto al INFONAVIT, es que pos ser un Organismo de Servicio Social, te va a condonar los adeudos y te ofrecerá opciones a tu medida en caso de no poder cubrir las aportaciones propias y patronales en caso de desempleo; sin embargo, mucha culpa tiene el Instituto en ello, pues a través de publicidad engañosa trata de atraer a más deudores. Al respecto, en su página de internet http://portal.infonavit.org.mx, la cual está regulada por los requisitos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, hay un apartado para los “Trabajadores” y en él, se contempla el rubro: “¿Qué hago si tengo problemas para pagar?”; sí usted consulta dicha información, se aprecia varias opciones referentes a perdida del empleo, incapacidad, jubilación, entre otras, e incluso habla de un “Seguro de Desempleo”, el cual a decir por la publicación del propio Instituto, dice que dentro de los tres primeros meses en que usted haya perdido su empleo, gozará de tres opciones: a) Fondo de Protección de Pagos.- es para créditos contratados a partir del año 2009 y está conformado con las aportaciones del 2% de la mensualidad que se les descuenta a los trabajadores de su nómina para el pago de su crédito, por lo que al haber pagado este seguro, puedes hacer valer tu derecho de usarlo; b) Prórroga Total.- De acuerdo con la Ley del INFONAVIT, cuando un trabajador pierde su empleo, éste tiene derecho a disponer de una prórroga para el pago de su crédito por 12 meses consecutivos o 24 como máximo durante la vida del crédito; y c) Prórroga Parcial.- El INFONAVIT te ofrece la posibilidad de que en un período de hasta 6 meses, hagas pagos mensuales por al menos $803.21 durante 2017 y el Instituto absorbe el 50% de los intereses que no se alcancen a cubrir después del pago. Tales beneficio, dice la página web, será concedido por un Asesor Certificado, que en un periodo de tres meses, podrá visitar al deudor en su domicilio para que confirme este beneficio o algún otro que tengas disponible para que continúe usted con el pago de tu crédito.

Al efecto, no es verdad, ya que sí usted se confía del texto antes citado, usted se hará acreedor a molestos y groseros intentos de cobro por parte de los “despachos externos de cobranza”, quienes lo intimidarán a través de documentos de color “rojo” con leyendas como: “Está es su última oportunidad”, “Su vivienda se encuentra en remate” o “Evite demandas en su contra”; en algunos casos, llegan al desagradable acto de pegar en las viviendas anuncios y calcomanías con la leyenda “Vivienda en Remate”, sin importar los meses o condiciones del retraso.

Por el contrario, sí usted acude a las oficinas del INFONAVIT, durante los tres primeros meses de su despido, el “Asesor” que lo atienda le manifestará que no se preocupe, que la garantía o el seguro de desempleo se activa solo y que no requiere que promueva documento alguno, lo cual es un total engaño, puesto que los despachos de cobranza jamás cesarán de requerirle el pago a usted o a quienes haya puesto cómo referencia en el respectivo Contrato de Compra – Venta.

En caso que usted acuda a los despachos de cobranza, ellos le requerirán que firme un “Convenio de Reestructuración”, en el cual se obliga a pagar una parte de las mensualidades no pagadas y el resto se sumará a su deuda total o saldo principal, lo cual obviamente le generará más intereses al final; también le venderán la idea que le disminuirán sus pagos mensuales, descontándole entre $200.00 y $300.00, lo cual no representa de ninguna manera un beneficio, pues esos pocos pesos que le descuentan se le acumulan al computar el Instituto los intereses ordinarios y moratorio generados cada mes.

Sí usted se vuelve a retrasar, porque no encuentra empleo o le surgen distintas vicisitudes, los requerimientos continuarán y seguirá endeudándose con el Instituto, ya que debemos recordar, que a diferencia de una Institución Bancaria, donde existe una tasa de interés fija, los créditos de INFONAVIT fluctúan de acuerdo al Salario Mínimo de la Región, aún a pesar de que el Congreso de la Unión aprobó la reforma para la desindexación del salario, tema del cual en posteriores columnas me permitiré infórmale; y hasta el presente año se anunció la nueva “unidad de medida”.

También le ofrece la página web en comento, que en caso de desempleo el Instituto, con la colaboración del Servicio Nacional de Empleo de la Secretaría del Trabajo, pone a tu disposición el portal del empleo donde puede encontrar muchas oportunidades; pero ojo, jamás se compromete  conseguirle trabajo, de manera que no ponga sus esperanzas en el Instituto, pues su función primordial es el de administrar el Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, por lo que su únio interés es generar mayores ganancias y sacar jugo de los interese ordinarios y moratorios, así como del embargo de viviendas, las cuales remata en montos menores al saldo final que le saldrá su vivienda con intereses.

En ese orden de ideas, es importante que el Instituto vea a los trabajadores cómo “derechohabientes” y no cómo “deudores”, pues los créditos surgen cómo parte de la política social del Gobierno para beneficiar a los trabajadores y garantizar sus derechos sociales y obrero – patronales; debiendo informar con certeza a los usuarios las condiciones de los créditos, sin publicidad engañosa que sóo genera más deudores en éste país ya devastado con los altos impuesto y desempleo.

Por esta razón, me permito ofrecer a usted 5 consideraciones que debe contemplar antes de pedir un crédito INFONAVIT y las opciones legales con las que cuenta para poder defenderse ante el cobro abusivo de los despachos de cobranza:

Primero, los créditos hipotecarios no son malos, siempre que quien los solicite tenga la certeza de que tendrá los medios económicos para poder pagar las mensualidades; sí usted es trabajador de confianza, tome en cuenta que no tiene seguridad en el trabajo y que en determinado momento tendrá que optar entre pagar su mensualidad o tener dinero para sus necesidades básicas.

En segundo lugar, antes de solicitar un crédito hipotecario solicite información respecto a los intereses, cómo los calcula la institución que concede el crédito y si éstos son a tasa fija o variable, de tal manera que usted pueda calcular cual será el valor final de la vivienda y sí podrá asumir ese costo.

En tercer lugar, busque asesoría o consejo antes de solicitar un crédito, la CONDUSEF es la instancia gubernamental que tiene la obligación de dar asesoría financiera a personas físicas y morales, e incluso otorgarles defensa legal gratuita; la Comisión también evalúa y da seguimiento al comportamientos de las instituciones financieras y a los márgenes de intereses de sus productos. No se quede con una sola opinión, platique con amigos y conocidos que hayan solicitado créditos y vea sus experiencias, para tener un criterio más amplio.

Cómo cuarto criterio que le recomiendo, es valorar sí usted realmente requiere en este momento de ese bien inmueble; obviamente todos aspiramos a tener una vivienda propia, sin embargo, el primer error que cometemos es tomar decisiones precipitadas y sin contar con los medios económicos propicios para adquirirla. De tal suerte, que si no es prioritario en éste momento, empiece a ahorrar y meta su dinero a inversión, así podrá a mediano plazo adquirir su vivienda sin necesidad de un crédito, e inclusive, le puede salir más barata si participa en los remates que realiza el INFONAVIT, instituciones bancarias e incluso juzgados en procedimientos de embargo.

La quinta consideración consiste en asesorarse respecto a los derechos y obligaciones que asumirá a través del crédito hipotecario, pues desgraciadamente los despachos de cobranza del INFONAVIT y de instituciones bancarias, realizan prácticas ilegales para angustiar y presionar a los deudores a pagar; recuerde que el verdadero negocio de ellos no es la venta del bien, sino el cobro de los intereses ordinarios y moratorios que surgen del crédito. Infórmese de los límites que posee el acreedor, hasta donde puede actuar y hasta que momento puede hacerlo, eso le evitará corajes y disgustos, inclusive, podrá defenderse de ellos y obtener buenos acuerdos en beneficio de su economía.

La cobranza indebida es una práctica común en México, no la tolere, denúnciela ante las autoridades; el pasado  07 de octubre de 2014, la CONDUSEF emitió Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades financieras en materia de Despachos de Cobranza, mismas que fueron debidamente publicadas en el Diario Oficial de la Federación, en dicha normatividad administrativa se determina medularmente lo siguiente: a) Los despachos que sean contratados por las instituciones financieras, deberán ser dados de alta en el Registro de Despachos de Cobranza que administra la Comisión Nacional, de lo contrario tendrán una sanción; b) dirigirse al Deudor de manera respetuosa y educada; c) comunicarse o presentarse en un horario de 7:00 a 22:00 horas, de acuerdo a los husos horarios en que se encuentre el Deudor; d) documentar por escrito con el Deudor el acuerdo de pago, negociación o reestructuración de los créditos, préstamos o financiamientos; indicando los términos y condiciones que permitan identificar la oferta, descuento, condonación o quita, si el acuerdo incluye cualquiera de estos conceptos, así como la aplicación del importe a pagar, desglosando el monto principal, intereses ordinarios, moratorios y en su caso cualquier otro costo que sea exigible de acuerdo al contrato incluyendo los cálculos respectivos, y si con ello se obtendrá el finiquito o liquidación del adeudo, o sólo se cubrirá un pago parcial; y, señalar el número de cuenta de la Entidad Financiera en el que se realizará el pago, con referencia al número de crédito de que se trate; e) abstenerse de llevar a cabo los siguientes actos: 1.- Utilizar nombres o denominaciones que se asemejen a las de instituciones públicas; 2.- Utilizar números de teléfono que aparezcan en el identificador de llamadas como “confidencial”, “oculto”, “privado” o con cualquier otra expresión o denominación semejante que imposibilite su identificación; 3.- amenazar, ofender o intimidar al Deudor, sus familiares, compañeros de trabajo o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda; 4.- enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales u ostentarse como representantes de algún órgano jurisdiccional o autoridad; 5.- establecer registros especiales, distintos a los ya existentes, listas negras, cartelones, o anuncios, que hagan del conocimiento del público la negativa de pago de los Deudores; 6.- recibir por cualquier medio y de manera directa el pago del adeudo; 7.- realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración con menores de edad o adultos mayores, salvo que en el último supuesto se trate de los Deudores, y 8.- realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración, de los créditos, préstamos o financiamientos, en un domicilio, teléfono o correo electrónico distinto al proporcionado por la Entidad Financiera o el Deudor, obligado solidario o aval.

Finalmente, hago de su conocimiento que en caso de conflictos de intereses, mal servicio y cobro indebido, el INFONAVITO cuenta con una “Comisión de Inconformidades y de Valuación”, misma que de conformidad a sus artículo 1°, 5°, 6°, 7° y 8° del Reglamento de dicha instancia, el cual puede usted consultar en el portal de internet antes citado, conoce y resuelve los “Recursos de Inconformidad” que promuevan los patrones, los trabajadores o sus causahabientes y beneficiarios. De tal manera que dicha instancia está obligada a conocer sobre controversias emanadas de los créditos y de la actuación del personal del Instituto, con independencia de la Secretaría de la Función Pública Federal, a la cual podrá denunciar cualquier acto contrario a la ley, por parte de los trabajadores del Instituto.

Posterior al recurso antes invocado, y en caso de que usted no esté satisfecho con la resolución, podrá acudir al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, y subsecuentemente al Amparo de la Justicia Federal; ello, siempre y cuando usted tenga elementos que acrediten que se le causó agravio a sus derechos, de lo contrario, no procederá ninguna de éstas vías; pues tampoco resulta viable que se entablen juicios para retrasar un incumplimiento por parte de nosotros.

Cuidar nuestro patrimonio es una de la prioridades de los mexicanos, por ello es importante conocer las leyes e instituciones que intervienen en dicha defensa; no sedamos ante publicidad engañosa, las oportunidades que supuestamente concede el INFONAVIT son desconocidas por la propia Delegación, no se deje sorprender, siempre realice sus solicitudes por escrito, sino le contestan el Instituto incurre en responsabilidad y usted podrá actuar, siempre en el marco de la ley.

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