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Emplazan a maestros para que justifiquen sus faltas; tienen 10 días hábiles

Emplazan a maestros para que justifiquen sus faltas; tienen 10 días hábiles

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Este jueves trascendió en redes sociales las fotografías de una notificación de despido a una maestra originaria del municipio de Chiapa de Corzo.

El Estado/Agencia

 Este jueves trascendió en redes sociales las fotografías de una notificación de despido a una maestra originaria del municipio de Chiapa de Corzo, quien prestaba sus servicios docentes en una escuela de Chilón, a quien se le contabilizaron seis faltas al no llegar a laborar al centro educativo.

El documento, remitido por la Secretaría de Educación del estado y signado por su titular Sonia Rincón Chanona, con número de oficio 0469 y elaborado el pasado 27 de mayo bajo el asunto de NOTIFICACIÓN, señala que en el artículo 3, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé que la Ley Reglamentaria fijará los criterios, los términos y condiciones de la evaluación obligatoria para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el Servicio Profesional Docente.

Asimismo el artículo 76 de la Ley General de Servicio Profesional Docente, reglamentaria del referido precepto Constitucional, estipula que con el propósito de asegurar la continuidad en el servicio educativo, el servidor público del Sistema Educativo Nacional, que incumpla con la asistencia a sus labores por más de tres días consecutivos o discontinuos, en un periodo de 30 días naturales, sin causa justificada, será separado del servicio.

En esta ocasión, dicho oficio dirigido a la maestra chiapacorceña indica que “en virtud de que usted, se encuentra adscrita en la Escuela Telesecundaria No. 615, “José Emilio Grajales Moguel”, ubicada en Guaquitepec, Chilón, Chiapas…le informa que toda vez que se ha detectado que ha faltado a sus labores, sin justificación alguna los días 17, 18, 19 20, 23 y 24 del mes de mayo de 2016, esta Autoridad Educativa Estatal…le notifico el inicio del procedimiento establecido en el artículo 75 de la Ley General del Servicio Profesional Docente”.

Por ello, la maestra en cuestión, prosigue, tendrá 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación para que por escrito manifieste los documentos, así como exponga los elementos que justifiquen el incumplimiento.

Finalmente, advierte que “se hace de su conocimiento que en caso de que no se justifiquen las inasistencias antes referidas, se le aplicarán las consecuencias legales previstas en el artículo 76 de la Ley General del Servicio Profesional Docente”.

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