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CNDH confirma que PFM fabricó delito a ciudadano; ordena a PGR indemnizarlo

CNDH confirma que PFM fabricó delito a ciudadano; ordena a PGR indemnizarlo

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CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Por la fabricación de los delitos de portación de arma de uso exclusivo de las fuerzas armadas, detención arbitraria y acceso a la información contenida en su teléfono celular sin autorización judicial, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) recomendó al titular de la Procuraduría General de la República (PGR), Raúl Cervantes Andrade, indemnizar a una víctima.

De acuerdo a la Recomendación 13/2017, los hechos ocurrieron el 7 de septiembre de 2015, cuando elementos de la Policía Federal Ministerial (PFM) y un agente adscrito a la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado de México (PGJEM), supuestamente “comisionado” a la PGR, detuvieron a la víctima cuando conducía un vehículo en la delegación Álvaro Obregón de la Ciudad de México.

Los agentes realizaron la detención “con motivo de una orden de localización y presentación en calidad de testigo”, y después revisaron el vehículo en el que habrían encontrado un arma envuelta en papel blanco, “que previamente había sido colocada por uno de los elementos aprehensores”.

Tras “sembrar” el arma, los agentes procedieron a detener a la víctima y la pusieron a disposición del agente del Ministerio Público de la Federación “quien inició una averiguación previa en su contra por el delito de portación y posesión de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea”.

El mismo 7 de septiembre, la víctima rindió declaración con respecto a una averiguación previa y al concluir se le instruyó una indagatoria por la portación de arma de fuego, permaneciendo detenido dos días, hasta que se le otorgó el beneficio de la libertad provisional bajo caución.

Ante esos hechos, la CNDH acreditó que se violaron los derechos humanos a la seguridad jurídica, legalidad, libertad personal, debido proceso y presunción de inocencia, por la detención arbitraria de la víctima.

Además, no se respetó su derecho de acceso a la justicia en su modalidad de procuración de justica y la verdad, atribuida a los agentes el MPF, “involucrados en la integración de la averiguación previa iniciada por posesión de armad de fuego (…) así como por la dilación en la integración y determinación de dicha indagatoria”.

El documento recomendatorio resalta que en este caso, en un proceso de juicio de amparo, el Poder Judicial de la Federación determinó que el MPF debía pronunciarse sobre la existencia o no de diligencias pendientes de practicar y emitir el pronunciamiento correspondiente, “por lo que hasta entonces se acordó la consulta de no ejercicio de acción penal”.

De acuerdo con la investigación realizada por la CNDH, los agentes de la Policía Federal Ministerial “faltaron a la verdad, al no proporcionar al agente del MPF la identidad del agente de la policía adscrito a la entonces PGJEM, quien no contaba con facultades para intervenir en el cumplimiento de un mandamiento ministerial”.

Federal violó comunicación privada

El organismo confirmó que el agente del MPF incurrió en la violación al derecho a la inviolabilidad de comunicaciones privadas, pues mientras el teléfono celular de la víctima estaba bajo resguardo de las autoridades de la PGR, “se tuvo acceso a la información almacenada, sin consentimiento de la víctima y sin que mediara previamente la autorización judicial”.

Al señalar que la investigación de la CNDH dio inicio un día después de que el quejoso fue puesto en libertad e interpuso la queja CNDH/1/2015/7280/Q, el organismo recomendó a Cervantes Andrade reparar el daño al agraviado “en términos de la Ley General de Víctimas, que incluya compensación y se le proporcione atención psicológica”.

También le encomienda continuar con la integración y perfeccionamiento de la averiguación previa iniciada por el delito de intervención ilegal de comunicaciones, así como que esclarezca el caso y se deslinden responsabilidades.

Al procurador Cervantes le pide su colaboración para la “presentación y seguimiento de la queja y denuncia de hechos que se presente ante la autoridad competente y la PGR respectivamente, contra los servidores públicos involucrados en los hechos, por las irregularidades acreditadas”.

El organismo instruye también a que se impartan cursos de capacitación y formación de derechos humanos durante la detención de personas, dirigido al personal ministerial y policial de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales de la PGR (SEIDF-PGR).

Pide también que al personal de la Dirección General Adjunta de Administración y Servicios de la Policía Federal Ministerial se les de cursos sobre “los lineamientos generales para la expedición de credenciales de identificación de los servidores públicos”.

En cuanto al elemento de la entonces PGJEM, la CNDH recomienda a Cervantes Andrade coordinarse con la Fiscalía General de Justicia mexiquense para que “se investigue la irregular comisión de uno de los elementos aprehensores”.

La Comisión resalta la responsabilidad del titular de la PGR para inscribir al agraviado en el Registro Nacional de Víctimas, tal como lo indica la Ley General de Víctimas.

Por Proceso

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