CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Este miércoles 24 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó por mayoría de votos, tres a uno, amparar a Pemex para no reparar el daño causado a un terreno tras un derrame provocado por una toma clandestina.
A propuesta del ministro Eduardo Medina Mora y con el voto en contra de Javier Laynez, la Segunda Sala sostuvo que Petróleos Mexicanos no debe ser considerado como responsable cuando los derrames se originan por actos ilícitos, como lo es la ordeña de ductos.
Para su determinación los ministros se basaron en el artículo 15 de la anterior ley reglamentaria del 27 constitucional, vigente en el momento de los hechos, y por ello dieron la razón a la empresa y concederle el amparo contra autoridades como la Profepa.
Y es que el artículo 15 de la legislación en que se basó la Corte para su fallo señala que se deberá evitar desperdicio o derrame de hidrocarburos, en el entendido de que Petróleos Mexicanos no será responsable de los que resulten de actos ilícitos, caso fortuito o fuerza mayor.
Por Proceso