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Prevé gobierno de Chiapas un gasto neto de 81 millones 891 mil pesos para este año

Prevé gobierno de Chiapas un gasto neto de 81 millones 891 mil pesos para este año

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El Estado/Agencia

Para este año, las dependencias del Gobierno del estado de Chiapas deberán sujetarse a distintas disposiciones para la optimización de recursos públicos, entre las que destacan racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.

Así lo dio a conocer el Presupuesto de Egresos del estado de Chiapas para el ejercicio fiscal 2017, aprobado por la LXVI Legislatura del Congreso del estado el 30 de diciembre del año pasado, cuyo gasto neto total previsto es por la cantidad de 81,891 millones 143,366 pesos.

Con base en el Decreto de Presupuesto de Egresos del estado de Chiapas para el Ejercicio Fiscal 2017, el artículo 4 señala que los titulares de los Organismos Públicos, en el ámbito de su competencia, serán responsables de la aplicación eficiente de los recursos, así como de dar cumplimiento a los objetivos, metas y disposiciones conducentes para el desarrollo óptimo y oportuno del gasto público, es decir que son los responsables en su dependencia del dinero erogado por la Secretaría de Hacienda.

Sin embargo, en el capítulo IV, de las Disposiciones de Racionalidad, Austeridad y Disciplina Presupuestaria, particularmente en el artículo 22 estipula que los titulares de los Organismos Públicos, o en quienes deleguen facultades, deben sujetarse a medidas, lineamientos y disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, así como instrumentar medidas tendientes a fomentar el ahorro, optimizar los recursos e implementar controles internos para una administración eficiente y eficaz para el logro de los objetivos, indicadores y metas; en este sentido, deberán reducir al máximo el gasto.

Al respecto, las dependencias deberán ahorrar en materiales y útiles de oficina, de limpieza, didáctico, estadísticos, geográficos, de impresión y reproducción de información para el procesamiento en equipos y bienes informáticos.

También en alimentación de personas, utensilios para el servicio de alimentación: limitarse a los estrictamente necesarios, siempre y cuando sean en horario de labores adicionales, durante el desempeño de las funciones de los servidores públicos.

De igual manera en combustibles, lubricantes y aditivos, así como en telefonía convencional, mientras que los servicios de telefonía celular y satelital deben restringirse al mínimo necesario y utilizar los planes más idóneos, ya sean individuales o generales; asimismo, tales servicios deben ser utilizados únicamente en los casos indispensables para el desempeño de las funciones del servidor público y sin rebasar los límites máximos establecidos.

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